Ciudad de México, MEX – El Senado mexicano aprobó este martes una reforma constitucional que establece el requisito de tener una sola nacionalidad para quienes aspiren a la Presidencia de la República, a una gubernatura estatal o a la jefatura de Gobierno de la Ciudad de México. El proyecto recibió 86 votos a favor y 42 en contra y ahora fue enviado a los congresos de las entidades federativas para continuar con el proceso de modificación constitucional.
La reforma modifica los artículos 82, 116 y 122 de la Constitución mexicana. De acuerdo con las nuevas disposiciones, quienes aspiren a estos cargos deberán ser mexicanos por nacimiento y no podrán tener otra nacionalidad al momento de registrarse como candidatos. Las personas que tengan una segunda nacionalidad deberán renunciar a ella antes de solicitar su registro electoral y acreditar que el vínculo jurídico con el otro Estado ha sido terminado.
La reforma también establece restricciones durante el ejercicio del cargo. El presidente, los gobernadores y la persona titular de la Jefatura de Gobierno de la capital no podrán adquirir o solicitar otra nacionalidad, invocar una nacionalidad extranjera ante autoridades de otro país, utilizar pasaporte o documento de identidad extranjero, ejercer derechos políticos derivados de otra ciudadanía ni recurrir a la protección diplomática de otro Estado.
Las nuevas disposiciones están previstas para aplicarse a partir de los procesos electorales de 2028. El Congreso tendrá un plazo de 90 días para adecuar la Ley de Nacionalidad y la legislación electoral. Los congresos de las entidades federativas también deberán adaptar sus constituciones y normas electorales a las nuevas disposiciones.
La iniciativa fue presentada por la presidenta Claudia Sheinbaum en agosto. Al defender la propuesta, la mandataria sostuvo que quienes ocupen los principales cargos ejecutivos del país deben actuar teniendo como referencia exclusiva los intereses de México. Según el planteamiento del gobierno, la doble nacionalidad no está prohibida para la población en general, pero debe existir un requisito específico para quienes pretendan ejercer las máximas responsabilidades ejecutivas del Estado.
La propuesta fue aprobada inicialmente por la Cámara de Diputados, donde obtuvo 344 votos a favor, 116 en contra y una abstención durante la votación en lo general. En una votación posterior sobre los artículos reservados, el proyecto recibió 334 votos favorables, 109 en contra y una abstención.
En el Senado, legisladores de los partidos Acción Nacional (PAN), Revolucionario Institucional (PRI) y Movimiento Ciudadano (MC) rechazaron la reforma. Los partidos opositores cuestionaron las restricciones que podrían afectar los derechos políticos de ciudadanos mexicanos que también poseen otra nacionalidad, particularmente de personas que emigraron y mantienen vínculos jurídicos con otros países.
Las críticas también fueron expresadas por representantes de la American Society of Mexico (AmSoc), organización que agrupa a integrantes de la comunidad empresarial y a personas con vínculos con Estados Unidos. Sus representantes manifestaron preocupación por las posibles consecuencias de la reforma para ciudadanos con doble nacionalidad y cuestionaron que el proyecto no hubiera sido sometido previamente a mayores espacios de consulta y diálogo ciudadano.
Los legisladores de Morena y sus aliados defendieron la modificación constitucional bajo el argumento de que quienes ocupen responsabilidades públicas de ese nivel deben mantener un vínculo jurídico exclusivo con México. Según sus argumentos, la doble nacionalidad podría generar compromisos simultáneos con otros Estados y producir conflictos de interés en el ejercicio de determinadas funciones públicas.
La reforma, sin embargo, no elimina la posibilidad de que los ciudadanos mexicanos mantengan una segunda nacionalidad. La restricción se concentra en quienes pretendan acceder a la Presidencia, a una gubernatura o a la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México.
Con la aprobación en el Senado, el proyecto entra ahora en la etapa de revisión por parte de los congresos estatales. Para que una reforma constitucional de este tipo entre en vigor, deberá obtener el respaldo de al menos la mitad de las legislaturas de las entidades federativas. Por ello, la aprobación del Senado no modifica de manera inmediata los requisitos aplicables a las próximas elecciones.



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